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228409500 DESPACHO DE SERVICIO EN LÍNEA • ASESORÍA ONLINE • ASESORÍA EN SUCURSALES

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Antes de iniciar tu empresa es necesario que sepas los pasos a seguir. Es importante que estés bien informado y  conozcas cada uno de estas etapas.

Recuerda que deberás definir aspectos importantes sobre tu emprendimiento como: el tipo de sociedad a constituir, el giro, nombre de la empresa, plan de negocio, etc. Si ya tienes todos estos aspectos cubiertos, puedes iniciar la tramitación formal de tu empresa.

Estos son los pasos a seguir para iniciar tu empresa:

  1. Redacción y legalización de la escritura pública y extracto

En esta etapa deberías tener claro el tipo de sociedad que vas a utilizar para tu pyme. Además en la escritura será necesario establecer: el giro, los socios que conforman la sociedad, los aportes de capital de cada uno, cómo se distribuirán las ganancias y las pérdidas.

  1. Publicación del extracto en el Diario Oficial

Luego de registrada la escritura hay un plazo de 60 días para publicar un extracto  de la escritura en el Diario Oficial que puede ser realizada por el Representanta legal o por un Socio.

Tener algunas copias de la publicación servirá como respaldo de la legalidad de la Sociedad y para trámites posteriores.

  1. Inscripción en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces

Este trámite también deber realizarse dentro de los 60 días posteriores a la legalización de la escritura.

La inscripción se realiza en el Conservador de Bienes Raíces,  correspondiente al domicilio establecido por la sociedad. Esto debe ser realizado por los socios o el representante legal.

Este trámite se demora entre 3 a 7 días hábiles.

  1. Inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos

La iniciación de actividades es una declaración jurada que se formaliza ante el Servicio de Impuestos Internos. El plazo para iniciar actividades ante el SII es de 2 meses.

  1. Protocolización

Con todos los documentos generados hasta este punto se genera un archivo del que se conserva una copia en la misma notaría. Si bien este último paso no es obligatorio si será útil cuando necesites algún documento.

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