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228409500 DESPACHO DE SERVICIO EN LÍNEA • ASESORÍA ONLINE • ASESORÍA EN SUCURSALES

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La suspensión laboral está inserta en la Ley de Protección al Empleo, norma que protege a los trabajadores bajo el contexto de la actual crisis sanitaria.

Esta ley permite a los usuarios acceder a las prestaciones del Seguro de Cesantía, cuando se haya suspendido su contrato por medidas sanitarias, como la cuarentena o cuando se reduce la jornada laboral de manera temporal. Ofreciendo un acuerdo de ambas partes en la suspensión del contrato

Tipos de suspensión de contrato:

1. Suspensión del contrato de trabajo por la autoridad

En este caso, el contrato se suspende por la cuarentena decretada por el Gobierno, esta medida imposibilita trabajar a los rubros que no son considerados como esenciales.

2. Acuerdo de suspensión de contrato laboral

En este caso existe un acuerdo entre ambas partes, para suspender el contrato. Se genera porque la pandemia y las restricciones por la crisis sanitarias han afectado a su empleador.

En estos dos casos, los trabajadores pueden obtener su remuneración mediante el Seguro de Cesantía, liberando al empleador en la obligación de pagar su remuneración.

Para esto, el empleador deberá acogerse a la Ley de Protección al Empleo y pedir el pago para sus empleados a través del Seguro de Cesantía. Pero él seguirá a cargo de las cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores en el  período de la suspensión de contrato.

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